Simulador de Impuestos España 2026
Calcule sus impuestos en España: Impuesto sobre la renta + Cotizaciones sociales
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Baremos España 2026
Ejemplo de cálculo: 40.000 EUR
1. IRPF - Impuesto sobre la Renta (~6.800 EUR)
0 EUR - 12.450 EUR: 19% = 2.366 EUR
12.450 EUR - 20.200 EUR: 24% = 1.860 EUR
20.200 EUR - 35.200 EUR: 30% = 4.500 EUR
35.200 EUR - 40.000 EUR: 37% = 1.776 EUR
Total IRPF: ~6.800 EUR
2. Seguridad Social (~2.540 EUR)
Cotización del trabajador: ~6,35%
Total: ~2.540 EUR
Es decir ~2.555 EUR/mes | Tasa efectiva: ~23,4%
Seguridad Social 2026
Cotizaciones del trabajador
- Contingencias comunes: 4,70%
- Desempleo: 1,55%
- Formación profesional: 0,10%
Cotizaciones del empleador
- Contingencias comunes: 23,60%
- Desempleo: 5,50%
- FOGASA: 0,20%
Fuentes oficiales
🇪🇸 Guía completa de la fiscalidad española
España cuenta con un sistema de impuesto sobre la renta progresivo (IRPF) repartido entre el Estado y las comunidades autónomas. Con tipos que van del 19% al 47%, España ofrece un régimen fiscal favorable para nuevos residentes (Ley Beckham) y dispone de un sistema de protección social completo.
Tramos del IRPF 2026 (Estatal + Autonómico)
Los tipos mostrados son combinados (estatal + autonómico medio). Los tipos autonómicos varían según la comunidad.
| Base imponible | Tipo estatal | Autonómico (media) | Combinado |
|---|---|---|---|
| Hasta 12.450 EUR | 9,5% | 9,5% | 19% |
| 12.450 - 20.200 EUR | 12% | 12% | 24% |
| 20.200 - 35.200 EUR | 15% | 15% | 30% |
| 35.200 - 60.000 EUR | 18,5% | 18,5% | 37% |
| 60.000 - 300.000 EUR | 22,5% | 22,5% | 45% |
| Más de 300.000 EUR | 24,5% | 22,5% | 47% |
Variaciones regionales (Comunidades Autónomas)
Cada comunidad autónoma fija sus propios tipos. La diferencia puede superar los 4 puntos para rentas altas.
Desglose de las cotizaciones sociales
Trabajador (~6,35%)
- Contingencias comunes: 4,70%
- Desempleo: 1,55%
- Formación profesional: 0,10%
Empleador (~29,9%)
- Contingencias comunes: 23,60%
- Desempleo: 5,50%
- FOGASA + Formación: 0,80%
Coste total para el empleador: ~36% del salario bruto (salario + cotizaciones)
Ley Beckham (Régimen especial para nuevos residentes)
La "Ley Beckham" (Real Decreto 687/2005) permite a los nuevos residentes en España tributar a un tipo fijo del 24% sobre sus rentas de fuente española durante 6 años.
Condiciones de elegibilidad:
- No haber sido residente fiscal en España en los últimos 5 años
- Trasladarse a España por motivos laborales (contrato de trabajo o cargo directivo)
- Trabajar principalmente en España (al menos el 85% de los ingresos de fuente española)
- Solicitar el régimen en los 6 meses siguientes a la llegada
Ventaja: Tipo fijo del 24% frente al 47% máximo = hasta 40.000+ EUR de ahorro/año para rentas altas
Principales deducciones y desgravaciones
Mínimos personales
- Mínimo personal: 5.550 EUR/año
- 1er hijo: 2.400 EUR
- 2do hijo: 2.700 EUR
- 3er hijo: 4.000 EUR
- Ascendiente a cargo: 1.150 EUR
Deducciones habituales
- Aportaciones a planes de pensiones (hasta 1.500 EUR/año)
- Deducción por maternidad: 1.200 EUR/año
- Deducción familia numerosa: 1.200-2.400 EUR
- Reforma del hogar (eficiencia energética)
- Donaciones y mecenazgo
España vs Francia: Comparación
| Criterio | 🇪🇸 España | 🇫🇷 Francia |
|---|---|---|
| Tipo máximo IRPF | 47% | 45% |
| Umbral tipo máximo | 300.000 EUR | 177.106 EUR |
| Cotizaciones trabajador | ~6,35% | ~22% |
| Cotizaciones empleador | ~30% | ~45% |
| Régimen especial expatriados | Ley Beckham (24%) | Régimen impatriados |
| Coste de vida | 20-30% inferior | Referencia |
| Impuesto de salida | Plusvalías >4M EUR | Plusvalías >800k EUR |
¿Por qué elegir España?
Consideraciones importantes
- Impuesto sobre el patrimonio: España tiene un impuesto sobre el patrimonio (0,2% a 3,5%) sobre activos netos superiores a 700.000 EUR (varía por comunidad)
- Modelo 720: Declaración obligatoria de bienes en el extranjero superiores a 50.000 EUR (por categoría)
- Regla de los 183 días: Se convierte en residente fiscal español tras 183 días en España al año
- Renta mundial: Como residente fiscal, tributa por su renta mundial (no solo la española)
- Doble imposición: El convenio España-Francia evita la doble imposición pero requiere una planificación adecuada
Novedades fiscales en España para 2025-2026
El panorama fiscal español ha experimentado cambios significativos en los últimos ejercicios. El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, introducido inicialmente como medida temporal, grava patrimonios netos superiores a 3 millones de euros con tasas progresivas del 1,7% al 3,5%, complementando al impuesto sobre el patrimonio autonómico. Esta figura ha generado un intenso debate sobre su constitucionalidad y ha motivado a varias comunidades autónomas, como Madrid y Andalucía, a reconsiderar sus políticas de bonificación del impuesto sobre el patrimonio.
En materia de IRPF, se ha consolidado la reducción por rendimientos del trabajo para contribuyentes con rentas inferiores a 21.000 euros anuales, elevando el umbral de tributación efectiva y beneficiando a los trabajadores con salarios más modestos. La deducción por planes de pensiones se mantiene limitada a 1.500 euros anuales de aportación individual, aunque las aportaciones empresariales pueden alcanzar hasta 8.500 euros adicionales. Para los autónomos, se ha implementado el nuevo sistema de cotización por ingresos reales a la Seguridad Social, abandonando el modelo de base de cotización elegida. Este sistema establece 15 tramos de cotización basados en los rendimientos netos del trabajador autónomo, con cuotas mensuales que oscilan entre 230 y 530 euros, buscando mayor equidad contributiva.
Calendario fiscal y plazos clave del IRPF en España
La campaña de la Renta en España se desarrolla anualmente entre los meses de abril y junio. La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes el borrador de la declaración a través de Renta WEB, accesible con certificado digital, Cl@ve PIN o número de referencia. El plazo de presentación comienza habitualmente el primer miércoles de abril y finaliza el 30 de junio, aunque las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria suelen tener un plazo adelantado hasta el 25 de junio. Los contribuyentes pueden fraccionar el pago del IRPF en dos plazos sin intereses: el 60% en el momento de la presentación y el 40% restante en noviembre.
Los pagos fraccionados trimestrales (modelo 130) son obligatorios para autónomos y profesionales, con vencimientos los días 20 de abril, julio y octubre, y el 30 de enero del ejercicio siguiente. Las retenciones del trabajo se aplican mensualmente por el empleador según las tablas de la Agencia Tributaria, teniendo en cuenta la situación personal del contribuyente (estado civil, hijos a cargo, discapacidad). Es fundamental comunicar correctamente estos datos al empleador mediante el modelo 145 para evitar retenciones excesivas o insuficientes. Los contribuyentes con rentas del trabajo inferiores a 22.000 euros anuales de un solo pagador, o 15.000 euros de varios pagadores, no están obligados a presentar la declaración, aunque puede resultar conveniente hacerlo para obtener la devolución de retenciones practicadas en exceso.
Optimización fiscal y planificación tributaria en España
Una de las estrategias más efectivas de optimización fiscal en España es la correcta utilización de los productos de ahorro con ventajas tributarias. Los planes de pensiones individuales permiten reducir la base imponible general hasta 1.500 euros anuales, mientras que los planes de empleo canalizados a través de la empresa pueden añadir hasta 8.500 euros adicionales de deducción. Para inversores, la compensación de pérdidas patrimoniales con ganancias del mismo ejercicio o de los cuatro ejercicios siguientes es una herramienta fundamental para reducir la tributación en la base del ahorro, que grava las plusvalías al 19-28% según el importe.
Los propietarios de vivienda habitual adquirida antes del 1 de enero de 2013 aún pueden beneficiarse de la deducción por inversión en vivienda habitual, un derecho transitorio que permite deducir el 15% de las cantidades pagadas (capital e intereses) hasta un máximo de 9.040 euros anuales. Las donaciones a ONG y fundaciones acogidas a la Ley 49/2002 gozan de una deducción del 80% para los primeros 250 euros donados y del 40% para el exceso, porcentaje que sube al 45% si la cantidad donada a la misma entidad no ha disminuido respecto a los dos ejercicios anteriores. Para los nómadas digitales y profesionales internacionales, la actualización de la Ley Beckham ha ampliado su ámbito de aplicación a emprendedores, teletrabajadores para empresas extranjeras y profesionales altamente cualificados, ofreciendo una tributación fija del 24% durante los primeros seis años de residencia en España.