🇵🇪 Perú

Simulador de Impuestos Perú 2026

Calcule sus impuestos en Perú: Impuesto sobre la renta + Cotizaciones sociales

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Impuesto sobre la Renta

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Tasa efectiva: 0%

Cotizaciones Sociales

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~6.3% (empleado)

Ingreso Neto Anual

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Mensual: 0 PEN

Desglose de su ingreso

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Carga Fiscal Total 0 PEN

Tasa efectiva total: 0%

Baremos Perú 2026 (base UIT = S/ 5,150)

0 - 5 UIT (S/ 25,750)8%
5 - 20 UIT (S/ 103,000)14%
20 - 35 UIT (S/ 180,250)17%
35 - 45 UIT (S/ 231,750)20%
45+ UIT (S/ 231,750+)30%

🇵🇪 Guía completa de la fiscalidad peruana

Perú tiene un sistema de impuesto a la renta progresivo llamado Impuesto a la Renta (IR), administrado por la SUNAT (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria). El sistema fiscal utiliza la UIT (Unidad Impositiva Tributaria) como unidad de referencia que se ajusta anualmente. Para 2026, 1 UIT = 5.150 PEN. La residencia fiscal peruana se determina por la presencia física de más de 183 días en un período de 12 meses.

Tramos del Impuesto a la Renta 2026

Después de la deducción libre de 7 UIT (36.050 PEN), los ingresos se gravan progresivamente:

  • 0 - 5 UIT (hasta 25.750 PEN gravables): 8%
  • 5 - 20 UIT (25.750 - 103.000 PEN): 14%
  • 20 - 35 UIT (103.000 - 180.250 PEN): 17%
  • 35 - 45 UIT (180.250 - 231.750 PEN): 20%
  • Más de 45 UIT (más de 231.750 PEN): 30%

Nota: La deducción de 7 UIT (36.050 PEN) se aplica automáticamente a todos los empleados, reduciendo significativamente la renta gravable.

Sistemas de Pensiones - ONP vs AFP (~13%)

Elija entre dos sistemas

En Perú, los empleados deben elegir entre el sistema público de pensiones (ONP) o un fondo privado de pensiones (AFP).

Sistema Tasa Descripción
ONP (Público)13%Oficina de Normalización Previsional - tasa fija, beneficio definido
AFP (Privado)~12-13%Fondos privados de pensiones - cuenta individual, rendimientos variables
Desglose AFP: 10% aporte obligatorio + 1,36-1,69% comisión + 1,36% seguro de invalidez/sobrevivencia

EsSalud - Seguro de Salud (pago del empleador)

9% Contribución del empleador

  • La contribución a EsSalud es pagada íntegramente por el empleador (9% del salario bruto)
  • Brinda acceso al sistema público de salud
  • No reduce el salario neto del trabajador
  • Los empleados también pueden optar por EPS privadas (Entidades Prestadoras de Salud)

Beneficios adicionales (Gratificaciones)

Bonificaciones obligatorias

  • Gratificaciones: 2 sueldos extras al año (julio y diciembre)
  • CTS (Compensación por Tiempo de Servicios): Aproximadamente 1 sueldo depositado dos veces al año
  • Vacaciones pagadas: 30 días calendario al año
  • Horas extras: 25% de recargo las primeras 2 horas, 35% en adelante

Deducciones tributarias disponibles

  • Deducción básica de 7 UIT: Automática (36.050 PEN)
  • 3 UIT adicionales: Por gastos específicos (médicos, educación, alquiler) con comprobantes electrónicos
  • Aportes de pensión: ONP/AFP son deducibles de la renta gravable
  • Donaciones: A instituciones calificadas (con límites)

Categorías de renta en Perú

Primera Categoría

Rentas de alquiler - tasa efectiva del 5% (6,25% sobre el 80%)

Segunda Categoría

Ganancias de capital, dividendos - 5% o 6,25%

Cuarta Categoría

Trabajo independiente/freelance - tasas progresivas con deducciones

Quinta Categoría

Rentas del trabajo dependiente - tasas progresivas (este simulador)

Francia vs Perú: Comparación

Criterio 🇫🇷 Francia 🇵🇪 Perú
PEN 100.000 (~EUR 25.000) salario bruto~EUR 17.500 neto~PEN 83.000 (~EUR 21.000) neto
Tasa marginal máxima45%30%
Cotizaciones sociales (empleado)~22%~13% (solo pensión)
Deducción básica~EUR 10.7777 UIT (~EUR 9.000)
Cociente familiarSí (partes)No
Contribución de salud del empleador~13%9% (EsSalud)
Bonificaciones obligatoriasNoSí (2 gratificaciones)
Coste de vida (índice)100~40-45

Regímenes tributarios especiales para empresas

Regímenes simplificados disponibles

  • NRUS (Nuevo RUS): Pago mensual fijo (20-50 PEN) para microempresas
  • RER (Régimen Especial): 1,5% de los ingresos netos para pequeños negocios
  • MYPE Tributario: Tasas reducidas (10%) para pequeñas y medianas empresas
  • Régimen General: Impuesto corporativo estándar del 29,5%